Por: Giovanni Cegarra
La Alcaldía del Municipio Tovar, Estado Mérida, occidente venezolano, emitió el Decreto D No 00050-2010, de fecha 08/09/2010, en la que declara a las Ferias y Fiestas y los espectáculos taurinos que desde hace 167 años se celebran con motivo de las Festividades en Honor a la Virgen de Regla, Patrona de Tovar, como parte integrante del Patrimonio Cultural Inmaterial del pueblo tovareño, lo que indudablemente marca un hecho histórico y un irrestricto apoyo a la Fiesta Brava, ejemplo a seguir por el resto de Alcaldías de los Municipios del Estado Mérida y de toda Venezuela, donde se realizan corridas de toros en Plazas Fijas y Portátiles.
El decreto reza textualmente:
La Alcaldía del Municipio Tovar, Estado Mérida, occidente venezolano, emitió el Decreto D No 00050-2010, de fecha 08/09/2010, en la que declara a las Ferias y Fiestas y los espectáculos taurinos que desde hace 167 años se celebran con motivo de las Festividades en Honor a la Virgen de Regla, Patrona de Tovar, como parte integrante del Patrimonio Cultural Inmaterial del pueblo tovareño, lo que indudablemente marca un hecho histórico y un irrestricto apoyo a la Fiesta Brava, ejemplo a seguir por el resto de Alcaldías de los Municipios del Estado Mérida y de toda Venezuela, donde se realizan corridas de toros en Plazas Fijas y Portátiles.
El decreto reza textualmente:
LCDO. LIZANDRO IVAN MORALES MARQUEZ
ALCALDE DEL MUNICIPIO TOVAR DEL ESTADO MERIDA
ALCALDE DEL MUNICIPIO TOVAR DEL ESTADO MERIDA
En uso de sus atribuciones legales que le confieren los Artículos 54 numeral 5 y 88 numeral 7 de la ley Orgánica del Poder Público Municipal, en concordancia con lo establecido en la Ordenanza del Instituto de Feria en Honor a la Virgen de Regla y en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) ratificada por la República Bolivariana de Venezuela 12/04/2007.
CONSIDERANDO
Que en nuestro Municipio se celebran de manera ininterrumpida desde hace 167 años en el mes de Septiembre, la tradicional Feria y Fiestas de Tovar en Honor a nuestra Señora la Virgen de Regla.
CONSIDERANDO
Que la Feria y Fiestas en Honor a La Virgen de Regla permiten fomentar el desarrollo económico, turístico, agropecuario, deportivo, difundir nuestra cultura y promover los valores, costumbres, tradiciones y la afición taurina de nuestros pueblos, adquiriendo así un valor inestimable para los habitantes de todo el Valle del Mocoties.
CONSIDERANDO
Que cada cinco años en el marco de la Feria y Fiestas en Honor a La Virgen de Regla se celebra el tradicional Reencuentro de los Tovareños, festividad en la que los Tovareños residentes en el Municipio, en otros Estados de Venezuela y diferentes países del mundo entero se unen para estrechar lazos de afecto, solidaridad e intercambiar culturas y tradiciones entre las diversas generaciones que vuelven a su Pueblo natal para unirse a esta celebración autóctona de la Tovareñidad.
CONSIDERANDO
Que por su trayectoria histórica, su valor religioso y cultural la Feria y Fiestas en Honor a La Virgen de Regla forman parte del Patrimonio Cultural Inmaterial del Pueblo Tovareño.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con o establecido en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), se debe elaborar un inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de los Estados y en este sentido, se ubica esta Feria y Fiestas dentro de uno de los valores que deben conformar este inventario.
DECRETA
Articulo 1º: Declarar a las Ferias y Fiestas y los espectáculos taurinos que desde hace 167 años se celebran con motivo de las Festividades en Honor a la Virgen de Regla, Patrona de Tovar, como parte integrante del Patrimonio Cultural Inmaterial del pueblo tovareño, unida a sus más arraigadas tradiciones, conforme a las disposiciones contenidas en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO
Articulo 2º: Dar a conocer a la UNESCO y sus Estados afiliados, el contenido del presente decreto, a los fines de su difusión, promoción y consideración de esta tradición dentro del Patrimonio Cultural de la Humanidad.
Comuníquese y Publíquese.
Dado firmado y sellado en el Despacho del ciudadano Alcalde del Municipio Tovar del Estado Mérida, en la ciudad de Tovar a los (08) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diez (2010). Años 200o de la Independencia y 151o de la Federación.
LCDO. LIZANDRO IVÁN MORALES MÁRQUEZ
ALCALDE DEL MUNICIPIO TOVAR DEL ESTADO MÉRIDA
ALCALDE DEL MUNICIPIO TOVAR DEL ESTADO MÉRIDA
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